Los profesionales que vayan a convertirse en autónomos deben tener claro que existen determinadas cuestiones de carácter fiscal que deben solucionar en 2016. En este sentido, y según informan desde quebueno.es, es muy importante realizar las declaraciones pertinentes ante la Agencia Tributaria.
En concreto, estas declaraciones hacen referencia tanto al IVA como al IRPF de carácter trimestral. En la misma línea, también se ha de realizar la declaración trimestral de retenciones e ingresos a cuenta. Esta última, no obstante, no debe ser presentada si se cuenta con trabajadores contratados, profesionales subcontratados que le pasan facturas con retenciones del IRPF o si se tiene un local alquilado cuya factura incluye retención.
En lo que respecta a las bases fiscales anuales, todo autónomo debe realizar la declaración del resumen del año, que es de carácter informativo y recapitulativo. En esta línea, todos los autónomos deberán realizar en 2016 la declaración anual del IRPF y de operaciones con terceros. Este proceso incluye reflejar a las personas o entidades, clientes o proveedores, con los que se han superado los 3.006 euros respecto a las actividades económicas del año anterior.
Para llevar a cabo los procedimientos e iniciar correctamente una actividad económica en España, el autónomo primero ha de darse de alta en Hacienda. En paralelo a ello, debe entregar la declaración censal, en la que proporciona sus datos personales, la actividad que va a realizar, la ubicación de su negocio y los impuestos que le afectan. Este modelo de declaración corresponde con los números 036 y 037.
Por último, es vital que todo autónomo lleve sus cuentas claras y precisas de todo lo que ha ingresado por la realización de su actividad. Asimismo, deberá conocer lo que ha gastado, lo que los clientes le deben y lo que él o ella debe a proveedores.
FUENTE: CINCO DIAS