Cómputo de plazo de reinversión de vivienda habitual durante el estado de alarma
29 de mayo de 2020
Cómputo de plazo de reinversión de vivienda habitual durante el estado de alarma
La
AEAT responde a una pregunta de un contribuyente que, se ha visto afectado con
relación al cómputo del plazo de dos años para la reinversión en una nueva
vivienda del importe obtenido en la venta de la vivienda antigua.
Esta
es la pregunta: Si me vence el plazo
durante el estado de alarma para comprar mi nueva vivienda habitual y
reinvertir lo obtenido en la venta de la anterior, ¿se amplía el plazo?
A
lo que la AEAT responde: “En virtud de lo
establecido en la DA 4ª del Real decreto 463/2020, no se tendrá en cuenta el
periodo de duración del estado de alarma a efectos de computar el plazo de dos
años para la reinversión en una nueva vivienda del importe obtenido en la venta
de la vivienda antigua, paralizándose el
cómputo de dicho plazo al inicio del estado de alarma y reanudándose el
cómputo a su finalización”.