El Gobierno ha aprobado el pasado viernes 29 de mayo el IMV (ingreso mínimo vital), prestación no contributiva de la Seguridad
Social. María Jesús Montero, ministra de Hacienda y portavoz, aseguró que
es un “nuevo derecho que va a marcar un
antes y un después en la lucha contra la desigualdad”.
La prestación tendrá carácter
permanente y complementario con otras ayudas y rentas del trabajo, como por
ejemplo la Renta Mínima de Inserción (RMI),
que ya existen en las comunidades autónomas, el objetivo es garantizar que
todas las familias lleguen a un umbral mínimo de ingresos. Se estima que
llegará a cuatro de cada cinco personas que en España sufren pobreza severa, unos
800.000 hogares, en los que viven 2,3 millones de personas, con ingresos
mensuales inferiores a 230 euros por “unidad de consumo” según la Seguridad
Social.
El Gobierno ha definido 14 tipos de familias distintas y
para cada una de ellas ha garantizado un nivel de renta, lo que quiere decir
que complementará los ingresos de cada familia hasta llegar a ese nivel. El IMV
será compatible con el empleo, ya que está pensado también para las personas
que trabajan pocas horas, con un contrato temporal o a tiempo parcial, y tienen
muy pocos ingresos. Un porcentaje importante de ellas serán extranjeros
residentes en España.
Los requisitos para poder acceder a este subsidio a nivel de patrimonio,
se ha delimitado a un patrimonio máximo de 16.600 euros para una persona que
vive sola y se va incrementando hasta 43.196 euros, según el número de miembros
del hogar, restando deudas y sin vivienda habitual.
Se podrá solicitar desde el 15 de
junio hasta el 15 de septiembre con carácter retroactivo aplicable desde el
1 de junio, momento en que entra en vigor, a través de la sede de la seguridad social, aunque probablemente se irán
habilitando más canales.
Se concederá a la unidad familiar
o por hogar de convivencia, no a
título individual, y los beneficiarios deberán tener más de 23 años y menos
de 65, aunque no se descarta que se conceda a partir de los 21 años, o de los
18 años si tienen hijos. La Seguridad Social dispondrá de tres meses de plazo para responder. Si transcurre ese plazo sin respuesta, se entenderá por denegada la solicitud.
Sin embargo se empezará a abonar
de oficio en junio en unos 100.000 hogares y el pago correrá a cargo de la
Seguridad Social. Los primeros en cobrarla serán los padres que recibían ya la
prestación por hijo a cargo. Para ellos se va a habilitar un ingreso mínimo
transitorio e inmediato. El Gobierno también se plantea que la renta mínima
llegue primero a los hogares con un ingreso inferior a 230 euros al mes.
El Ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, ha asegurado que el
Ingreso Mínimo Vital es una ayuda dirigida a "hogares" no a personas.
Los requisitos fundamentales para
acceder al ingreso mínimo vital serán la
renta y la búsqueda de empleo.
Es decir, se otorgará teniendo en cuenta la renta familiar, calculada en
función del patrimonio neto, menos la deuda y excluida la vivienda habitual.
Para un hogar formado por un adulto la cantidad a percibir sería de 461,53 euros, cuantía que se iría
incrementando en función del número de menores y personas dependientes a cargo.
El máximo a percibir no superaría
los 1.015 euros, ya que no puede ser
superior al importe del Salario Mínimo Profesional (SMI), establecido en
1.108,33 euros mensuales en doce pagas.
Se establecerán tres tipos de
sanción en función de si la infracción es leve (como no facilitar documentación), grave (no comunicar cambios en la situación del hogar) o muy grave (fraude). Las dos últimas
pueden conllevar la pérdida de la ayuda
e, incluso, multas equivalentes al
importe de seis meses.
Según el ministro, el Gobierno ha estimado que el coste de la renta mínima se elevará a unos 3.000 millones de euros al año que serán financiados con cargo a
los presupuestos generales del Estado, lo que provocará un “salto de deuda el
próximo año”.
FUENTE: ADADE CENTRAL