Hacienda ha cambiado los límites de aportaciones para los diversos colectivos.
El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) ha presentado sus
recomendaciones anuales para planificar la declaración de la Renta de este año,
que se declarará en la Campaña del IRPF del año que viene.
Destacan especialmente las novedades en las aportaciones a los sistemas
de previsión social, ya que es posible ahorrarse impuestos reduciendo
la base imponible hasta el menor de los siguientes límites: el 30% de
la suma de rendimientos del trabajo y de actividades económicas o un máximo
anual de 1.500 euros.
Este límite se incrementa en 8.500 euros, cuando proviene
de contribuciones empresariales o aportaciones del trabajador, cuando este
aporte lo mismo o menos que la empresa. Esto es así para 2022. En 2023 se prevé
que el trabajador -con rendimientos íntegros del trabajo de hasta 60.000 euros-
pueda aportar más que la empresa al plan de empleo, en función de la cuantía
anual de las aportaciones empresariales realizadas.
En cuanto al concepto de aportaciones del trabajador, la Dirección
General de Tributos ha señalado que, si se trata de aportaciones
empresariales en cumplimiento del Convenio colectivo, no se realizan por
decisión del trabajador, pero, si se hacen en el marco de un programa de
retribución flexible sí y, en este último caso, se consideran efectuadas por el
trabajador. Por tanto, es un buen momento para negociar con la empresa la
posibilidad de realizar un plan de empleo para 2023, como consecuencia de esta
nueva regulación que tiene como objetivo fomentarlos.
Los empresarios o profesionales que realicen contribuciones
empresariales a sistemas para sus trabajadores pueden aplicar en su IRPF la
deducción introducida en la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Esta
deducción es del 10% de las contribuciones satisfechas a favor de los sistemas
de previsión social de trabajadores con retribuciones brutas de hasta 27.000
euros. Por las aportaciones de los trabajadores que cobren un salario
mayor, la deducción es del mismo porcentaje, pero aplicándola sobre la cuantía
de las contribuciones satisfechas que proporcionalmente se correspondan con
esos 27.000 euros, en relación con las retribuciones totales,
Además, se ha introducido un nuevo límite de 4.250 euros para
las aportaciones de autónomos a planes simplificados de empleo y aportaciones
de planes de los que sea promotor el autónomo.
Este límite se aplica también a las aportaciones de planes de pensiones sectoriales, según el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023. Un autónomo puede realizar aportaciones que reduzcan su base imponible hasta 4.250 euros vinculada a estos nuevos productos y dispone del límite de 1.500 euros para otros sistemas de previsión social.