La Sección de Vacaciones del Tribunal Constitucional (TC) mantendrá una mayoría progresista en la corte de garantías para todo agosto dado que en ambas quincenas estará conformada por dos magistrados del ala progresista y uno de la conservadora.
La Sección de Vacaciones del Tribunal Constitucional (TC) mantendrá una mayoría progresista en la corte de garantías para todo agosto dado que en ambas quincenas estará conformada por dos magistrados del ala progresista y uno de la conservadora.
Así lo explican a Europa Press fuentes jurídicas, que indican que en la primera quincena, del 1 al 16, la sección de guardia estará conformada por la vicepresidenta de la corte de garantías, Inmaculada Montalbán, la magistrada María Luisa Segoviano y el magistrado Ricardo Enríquez.
Para la segunda quincena, del 17 al 31 de agosto, los magistrados que se quedarán al frente del TC para conocer de asuntos urgentes serán Ramón Sáez, César Tolosa y Laura Díez.
El Caso Puigdemont
El 9 agosto del año pasado, esta sección inadmitió a trámite el recurso de amparo que presentaron el expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont y el exconsejero catalán Toni Comín contra las órdenes nacionales de detención que dictó el Tribunal Supremo sobre ambos por los delitos de desobediencia y malversación.
Esa decisión fue adoptada por dos votos conservadores frente a uno progresista, y así declararon su competencia para conocer sobre la decisión de admisión a trámite toda vez que consideraron necesario resolver sobre la petición de que se suspendiera la orden de detención del Supremo.
En 10 folios, la mayoría de la Sección de Vacaciones desestimó los argumentos de las defensas al considerar que no se vulneró derecho fundamental alguno, ni en el caso de Puigdemont ni en el de Comín.
Este movimiento llevó a la Fiscalía del TC a presentar un recurso de súplica contra esa decisión de la mayoría conservadora para que se dejara sin efecto el auto de inadmisión al considerar que no se ajustaba a Derecho.
El fiscal Pedro Crespo aseguraba que la decisión no fue adoptada «ni en el tiempo ni por el órgano que de acuerdo con la ley aseguran su legitimidad constitucional, o, lo que es lo mismo, garantizan que tal decisión es fruto del legítimo ejercicio de la jurisdicción constitucional».
«Dada la inexistencia de riesgo inminente, la Sección de Vacaciones carecía por tanto de competencia para decidir sobre la admisión o inadmisión del recurso de amparo. Este debería haber seguido el sistema ordinario de reparto y resolución de asuntos vigente en el Tribunal Constitucional», señalaba.
Finalmente, ya en septiembre, el TC acordó debatir en el Pleno el recurso presentado por el fiscal contra la decisión de la Sección de Vacaciones.
Fuente: Europa Press