Hacienda también devolverá a los padres el IRPF de su permiso de paternidad
5 de diciembre de 2018
Hacienda también devolverá a los padres el IRPF de su permiso de paternidad
Hacienda ha confirmado que el Gobierno también devolverá a los padres el IRPF de las prestaciones cobradas por su permiso de paternidad. Tras haber devuelto el IRPF cobrado por las bajas por maternidad, el ministerio encabezado por María Jesús Montero, ha explicado que están trabajando en la publicación de la herramienta tecnológica que permitirá a los padres solicitar la devolución.
Estas devoluciones se producen en virtud de una sentencia del Tribunal Supremo que establece que los permisos tanto de paternidad como de maternidad están exentos del pago de este impuesto. En este sentido, la devolución del IRPF devengado a las prestaciones de paternidad se devolverá casi dos meses después de que las mujeres en ese mismo caso, empezaran a poder solicitar las cantidades pagadas por ese impuesto en sus prestaciones de maternidad.
Según calculó la OCU tras conocerse el fallo del Supremo, las cantidades a devolver podrían situarse entre los 1.000 y los 2.600 euros por cada hijo nacido después de 2013.
Bajas exentas del IRPF
El mes pasado, el Tribunal Supremo falló en contra del recurso que había presentado la Abogacía del Estado contra de una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que daba la razón a una mujer que en el ejercicio de la renta de 2013 no incluyó los 8.993,60 euros que había percibido por el permiso de maternidad al considerar que estaba exenta del pago del IRPF. Sin embargo, se le reclamó después el pago de 361,13 en concepto de IRPF que el tribunal madrileño en su sentencia determinó que le debían ser devueltos.
El fallo consideraba que las cantidades percibidas por madres y padres durante sus bajas por maternidad y paternidad está exentas del pago de IRPF, algo que en octubre corroboró el Supremo en contra de la opinión de la Abogacía del Estado, dependiente del Ministerio de Justicia, que había recurrido la primera resolución judicial.
En concreto, el Supremo entendió que la exención del pago del impuesto incluye la de maternidad “y no sólo las de nacimiento, parto múltiple, adopción e hijo a cargo”, y además su alcance “no se limita” a las concedidas por las comunidades autónomas o entes locales, sino que abarca todas las prestaciones por maternidad, sin distinción del órgano público del que se perciban.
Tras el fallo, el Gobierno habilitó el sistema para la devolución de las cantidades que las mujeres pagaron por IRPF desde 2013 durante sus bajas de maternidad, pero no ha sido hasta ahora cuando Montero ha confirmado que, efectivamente, esta devolución también se aplicará a los padres.