La Agencia Tributaria ha publicado en su web la siguiente información para contribuyentes afectados por ERTE en 2020 de cara a la campaña de Renta 2020.
Pone a disposición de los contribuyentes los habituales servicios de asistencia previos al inicio de la Campaña de Renta, que este año comienza el 7 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio. Así, se ofrece la posibilidad de obtener anticipadamente el número de referencia para la presentación de la declaración y también se comienzan a publicar en la web de la Agencia los primeros contenidos informativos de la campaña.
Con el mismo objetivo de ayudar a los contribuyentes a preparar con tiempo la presentación de la declaración, al igual que otros años se pone a disposición de los contribuyentes de manera anticipada la posibilidad de consultar sus datos fiscales.
Al objeto de facilitar la posterior presentación de la declaración, el presente documento ofrece una serie de recomendaciones e información explicativa para un colectivo específico, como es el de los cerca de 3.500.000 contribuyentes que el pasado año fueron perceptores de prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) por haber estado inmersos en procedimientos de regulación temporal de empleo (ERTE).
La información es básicamente relativa a:
1.- Efecto de un segundo pagador en la declaración de Renta (empleador + SEPE)
2.- Percepción de abonos no procedentes
En este caso existen dos supuestos básicos:
A) Que el reintegro de lo pagado en exceso por el SEPE ya se haya producido en 2020.
B) Que el reintegro de lo pagado en exceso por el SEPE no se haya producido en 2020.
Para conocer más detalles de cómo afecta esta situación a su caso concreto, estaremos como siempre, encantados de atenderles en cualquiera de nuestros despachos.
Enlace a la NOTA de la AEAT: