Tras la salida efectiva de Reino Unido de la Unión
Europea el pasado 31 de enero de 2020, el Acuerdo de Retirada contempla un
período transitorio hasta el 31 de diciembre de 2020. Al no haberse solicitado
prórroga el mismo finalizará en dicha fecha. Por tanto, sin perjuicio de las
negociaciones que se están llevando a cabo en relación con un posible acuerdo
para la relación futura y por muy ambicioso que sea el acuerdo al que, en su
caso, se llegara, a partir del 1 de enero de 2021 todos los movimientos de
mercancías desde o hacia Reino Unido estarán sujetos a formalidades y controles
aduaneros.
La AEAT
ha publicado en su web cuales son las consecuencias del BREXIT en los distintos
trámites e impuestos que se ve afectados:
Enlace al AEAT:
•
Consecuencias del Brexit en Aduanas y
en los Impuestos Especiales a partir del 1 de enero de 2021
•
Consecuencias del Brexit en el IVA a partir del 1 de enero de 2021
•
Consecuencias del Brexit en el Impuesto sobre Sociedades a partir del 1
de enero de 2021
• Campaña de la Comisión Europea para el final del período de transición
del Brexit
FUENTE: ADADE CENTRAL