La ley del pasado mayo fijó su entrada en vigor para 2024 y, por tanto…será en la declaración que se haga en 2025 donde se reflejarán.
Las nuevas deducciones al alquiler en el IRPF aprobadas en la Ley de Vivienda que entró en vigor el pasado mes de mayo no se aplicarán en la campaña de la Renta de 2023, que comienza el próximo 3 de abril, sino en la de 2024.
La propia norma marcó que la disposición final segunda que establece los incentivos fiscales aplicables en el IRPF a los arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda entraría en vigor a 1 de enero de 2024 y, por tanto, tendrá efectos en la declaración que se elabore en la primavera de 2025, tal y como ha aclarado este jueves el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), órgano especializado del Consejo General de Economistas (CGE) en la sesión sobre novedades tributarias en el impuesto para 2023 y 2024.
Por tanto, los propietarios podrán aplicarse en la Renta de 2023 que presentarán a partir del mes que viene una deducción de hasta el 60% del rendimiento neto positivo (diferencia entre los ingresos y los gastos por el alquiler), eso sí, siempre que declaren el alquiler. De cara ya a la Renta de 2024 y para los contratos celebrados a partir del 27 de mayo de 2023 (cuando entró en vigor la norma), la deducción general baja del 60% al 50%.
No obstante, la norma tiene mayores deducciones fiscales si se facilita el alquiler en zonas tensionadas. Así, el propietario que alquile un inmueble en zona tensionada y rebaje el precio un 5% frente al último contrato tendrá una deducción de hasta el 90%. La bonificación será del 70% aquellos para los propietarios que alquilen por primera vez en zona tensionada si el inquilino tenga entre 18 y los 35 años. También se podrán deducir el 70% del rendimiento neto si el arrendatario es la Administración o una entidad sin ánimo de lucro o la vivienda está acogida a un programa público de vivienda en el que la renta por el alquiler está limitada. Finalmente, hay una deducción del 60% si el inmueble se ha rehabilitado dos años antes del contrato.
Estos incentivos fiscales solo son para contratos de alquiler de inmuebles para su uso como vivienda.
Hacienda tendrá que aclarar qué bonificaciones tendrán aquellos propietarios que tengan un contrato de alquiler firmado antes de mayo de 2023, pero que lo renueven con posterioridad.
Fuente: El Economista