Nueva Ley de contratos públicos. ¿En qué beneficia a la pyme?
24 de noviembre de 2017
Nueva Ley de contratos públicos. ¿En qué beneficia a la pyme?
Las
administraciones reducen las cantidades mínimas de los pliegos por obras
o servicios y podrán abonar directamente a las subcontratas.
La
reciente aprobación de la Ley de Contratos Públicos del Gobierno busca
fomentar la participación de las pymes en los procesos de adjudicación
de obras y servicios, que llevan a cabo desde el propio Estado, hasta
las administraciones autonómicas y locales. Para ello, el articulado de
la norma, incorpora especificaciones que, si se analizan a fondo,
detonan que persiguen ampliar la presencia de las empresas de tamaño
medio en las mesas de contratación.
Principales novedades.
La nueva
legislación recoge la obligatoriedad de dividir en lote los contratos
públicos, siempre que sea posible. Tal y como informan desde Agencia
EFE, “será la norma a partir de ahora”, hasta el extremo de que “se
deberán justificar los casos en los que no se opte por esta tendencia”.
Otra
de las incorporaciones a la legislación tiene que ver con la reducción
del importe de los contratos menores. La medida persigue incrementar las
actuales cifras de participación de pymes en las licitaciones públicas.
Así, se rebajará de 50.000 a 40.000 euros los contratos menores en el
caso de obras, y de 18.000 a 15.000 euros aquellos que tienen que ver
con los suministros y servicios.
Una interesante ventaja para las
pymes que tendrá la legislación con respecto de la normativa actual es
que, por primera vez, se da la posibilidad a los estamentos públicos a
abonar a las subcontratas que formen parte de un gran proyecto de
infraestructura. Eso sí, previamente se ha debido recoger esta
posibilidad en el pliego de condiciones. Esta medida, repercutirá
directamente a las empresas dedicadas a la construcción. Para acabar con
la morosidad que tradicionalmente ha existido entre este sector y los
organismos públicos, se ha redactado otra obligación concreta que
tendrán los licitadores: las obras no se podrán certificar en más de 30
días una vez estén culminadas.
Procedimientos más transparentes.
En
aras de hacer los procedimientos lo más transparentes posible, el
método de trabajo a implantar simplificará todos sus mecanismos: desde
el procedimiento previo a la licitación pasando por la documentación que
las empresas concursantes tienen que entregar. Además y en este mismo
sentido, “se obligará a las administraciones a publicar todos los
trámites que se integren en el proceso de contratación”: el documento,
sus modificaciones, cesiones, las actas de valoración de las ofertas o
los expedientes previos de preparación.