El 4 de julio de 2022, se publicaron en el BOE los nuevos modelos de presentación en el registro mercantil de las cuentas anuales y las cuentas anuales consolidadas de los sujetos obligados a su publicación.
Según constata:
- “Los sujetos obligados podrán seguir utilizando los modelos y formatos electrónicos aplicables con anterioridad a la vigencia de la presente orden ministerial para la presentación para la presentación de las cuentas anuales de ejercicio iniciados con anterioridad al 1 de enero de 2021”.
- “Sin embrago, siempre que la aprobación de las cuentas y su depósito en el Registro Mercantil competente se haya efectuado con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden, se podrán utilizar los modelos aprobados por la Orden que con esta se deroga”.
Estos modelos se publican y aprueban a través de las siguientes órdenes ministeriales:
a) Orden JUS/615/2022, de 30 de junio, por la que se aprueban los modelos de presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas de los sujetos obligados a su publicación.
b) Orden JUS/616/2022, de 30 de junio, por la que se aprueban los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación.
La Orden JUS/615/2022, de 30 de junio
Dicha Orden contiene tres anexos en los que se establece el modelo de presentación de las cuentas anuales consolidadas, el formato de los depósitos digitales y la definición d ellos test de errores.
Como novedades, cabe destacar los cambios en las Normas para la Formulación de las Cuentas Anuales Consolidadas, que están motivados por la adaptación parcial a la Norma Internacional de Información Financiera 9 (NIF-UE 9) y por la adaptación total de la Norma Internacional de Información Financiera 15 (NIF-UE 15).
Así pues, las principales novedades que se incluyen se enfocan en la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada, los ingresos y gastos reconocidos consolidado, y en el contenido de la Memoria consolidada.
La Orden JUS/616/2022, de 30 de junio
A su vez, esta otra Orden también contiene tres anexos. Estos establecen los modelos de presentación de las cuentas anuales, el formato de los depósitos digitales y la definición del doble juego de corrección de errores para las cuentas presentadas en soporte informático.
Los cambios, así, se centran en el Balance se situación, en la cuenta de pérdidas y ganancias, y en el estado de ingresos y gastos reconocidos.
FUENTE ADADE CENTRAL