Os recordamos cuales son las
obligaciones fiscales durante el mes de octubre y hasta el 5 de noviembre 2020.
RENTA
Y SOCIEDADES
o
Retenciones
e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas,
premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta,
ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de
inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital
mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
o Septiembre 2020. Grandes
empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230
o Tercer trimestre 2020: 111,
115, 117, 123, 124, 126, 128, 136, 210, 216
o
Pagos
fraccionados Renta
o Tercer trimestre 2020:
o Estimación directa: 130
o Estimación objetiva: 131
o
Pagos
fraccionados Sociedades y Establecimientos Permanentes de no Residentes
o Ejercicio en curso:
o Régimen general: 202
o Régimen de consolidación
fiscal (grupos fiscales): 222
IVA
o
Septiembre
2020. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
o
Septiembre
2020. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
o
Tercer
trimestre 2020. Autoliquidación: 303
o
Tercer
trimestre 2020. Declaración-liquidación no periódica: 309
o
Tercer
trimestre 2020. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias:
349
o
Tercer
trimestre 2020. Servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de
televisión y electrónicos en el IVA. Autoliquidación: 368
o
Tercer
trimestre 2020. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
o
Solicitud
de devolución recargo de equivalencia y sujetos pasivos ocasionales: 308
o
Reintegro
de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca:
341
- Impuesto sobre las Primas de Seguros
- Impuestos Especiales de Fabricación
- Impuesto Especial sobre la Electricidad
- Impuestos Medioambientales
- Impuesto Especial sobre el Carbón
30-10-2020 Hasta el 30 de octubre
IVA
·
Septiembre
2020. Autoliquidación: 303
·
Septiembre
2020. Grupo de entidades, modelo individual: 322
·
Septiembre
2020. Grupo de entidades, modelo agregado: 353
02-11-2020 Hasta el 2 de noviembre
NÚMERO
DE IDENTIFICACIÓN FISCAL
DECLARACIÓN
INFORMATIVA DE ACTUALIZACIÓN DE DETERMINADOS MECANISMOS TRANSFRONTERIZOS
COMERCIALIZABLES
CUENTA
CORRIENTE TRIBUTARIA
CCT - La renuncia se
deberá formular en el modelo de “solicitud de inclusión/comunicación de
renuncia al sistema de cuenta corriente en materia tributaria”
05-11-2020 Hasta el 5 de noviembre
RENTA
Para cualquier duda o consulta nos tienen a su disposición.
Enlace A LA AEAT:
FUENTE: ADADE CENTRAL (AEAT)