Si un contribuyente detecta un error tras presentar la declaración de la Renta y Hacienda envía un requerimiento, el contribuyente se enfrenta a cargos de hasta un 20% adicionales, además de un posible pago de intereses de demora.
Muchos factores entran en juego a la hora de cometer un fallo en la declaración de la Renta, como pueden ser las prisas, la inexperiencia, o un simple despiste. Indiscutiblemente, es imprescindible revisar la declaración minuciosamente antes de enviarla, pero, aun así, siempre cabe la posibilidad de darse cuenta, más adelante, de que se ha presentado con errores. Por ejemplo, algunos de los errores más comunes son: no incluir todos los ingresos del declarante, incluir alguna deducción o recibir información que no se tenía en el momento de rellenar el formulario.
Entonces, ¿cómo hay que actuar si se diera el caso? Lo primero que se debe hacer tras detectar un error es intentar corregirlo lo antes posible y por voluntad propia. La consecuencia de dejarlo pasar es que Hacienda envíe un requerimiento y el contribuyente se enfrente a recargos de hasta un 20%, además del posible pago de intereses de demora.
Si, en cambio, no se ha rectificado antes de que Hacienda haya enviado requerimiento, la Agencia Tributaria ofrece dos procedimientos en función de quién sea el perjudicado.
Si el error beneficia al contribuyente: declaración complementaria
En este caso, o bien el contribuyente puede haber aportado una cantidad menor a ingresar o bien una mayor que le devuelva Hacienda. Este problema se puede solucionar presentando una declaración complementaria. En esta declaración complementaria a la original, básicamente sólo se tendrá que incluir todos los datos corregidos.
Todo este proceso se puede hacer por la Renta Web, accediendo al apartado de “Servicio de tramitación borrador / declaración (Renta Web)”, identificarse y elegir la opción “Modificar una declaración”.
Si el error beneficia a Hacienda: solicitud de ingresos indebidos
Esta situación se da cuando el contribuyente debe pagar más de lo que debería, o cuando recibe una devolución menor a la que le correspondería. Estos fallos suelen ocurrir cuando se declara indebidamente rentas exentas, cuando se computan importes por cuantía superior a la debida u olvidar deducciones o reducciones a las que se tenía derecho.
Cuando esto pasa, se debe presentar una rectificación de la autoliquidación presentada, con base a la declaración original y en la corrección que se acompañe. Este procedimiento se puede hacer a través de la página web de la Agencia Tributaria o en la Delegación que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente.
¿De cuánto tiempo se dispone para rectificar los errores?
Por una parte, de igual forma que la presentación de la Renta 2021, la declaración complementaria se podrá presentar dentro del plazo establecido, que es hasta el 30 de junio. También se puede presentar con posterioridad a dicho plazo, siempre que no haya prescrito el derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria.
En cuanto a la presentación de la rectificación de autoliquidación, esta se podrá presentar siempre que la Administración no haya practicado liquidación, provisional o definitiva, y no haya transcurrido el plazo de cuatro años.
¿Hay alguna sanción por presentar una declaración de la Renta con errores?
Si se rectifica, la declaración complementaria no conlleva ninguna sanción, siempre y cuando no lo reclame antes Hacienda.
En caso de hacerlo fuera de plazo, o en caso de que Hacienda envíe un requerimiento, existe un recargo de entre el 5 y el 20%, más los posibles intereses de demora.
FUENTE ADADE CENTRAL