Algunas de las más destacadas son las seis que se recogen a continuación:
En primer lugar, se encuentran las destinadas a los jóvenes autónomos. En concreto, los hombres menores de 30 años y las mujeres con menos de 35 podrán disfrutar de una bonificación del 30% de la cuota mínima de autónomos durante 30 meses. Esta ayuda está dividida en 15 meses de reducción y otros 15 de bonificación. Para ello, han de ser autónomos dados de alta a partir de la entrada en vigor del Estatuto del Trabajador Autónomo.
En lo que respecta a los miembros de este colectivo que sobrepasen esa edad, estos también serán destinatarios de ayudas. Así, tendrán una reducción sobre la cuota de contingencias comunes durante un máximo de 18 meses, una reducción del 80% durante los seis primeros meses, del 50% los siguientes seis meses y del 30% entre el primer año y el mes 18.
Ayudas para la familia del autónomo
El SEPE también dirige ayudas a los autónomos que se encuentren de baja por maternidad o paternidad. En este sentido, los afectados cuentan con una bonificación del 100% de la cuota que resulta de aplicar sobre la base mínima o fija que en que sean sustituidos.
A su vez, las altas de familiares colaboradores de autónomos reciben bonificaciones específicas. Estas ascienden, durante un año y medio, al 50% de la cuota resultante de aplicar sobre la base mínima del tipo correspondiente e cotización vigente.
En lo que respecta a los autónomos con discapacidad, los que presenten un grado del 33% o superior cuentan con reducciones y bonificaciones sobre la cuota por contingencias comunes durante cinco años, reducción del 80% durante seis meses si no cuenta con asalariados y bonificación del 50% durante 54 meses.
Por último, los autónomos de Ceuta y Melilla en los sectores de comercio, hostelería, turismo e industria también cuentan con una bonificación. Esta es de carácter indefinido y llega al 50% de la base de cotización por contingencias.
FUENTE: EL ECONOMISTA