El Senado la aprueba tras rechazar las 99 enmiendas presentadas y la envía directamente al BOE
El Senado ha aprobado este miércoles el Proyecto de Ley de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo y se enviará directamente al Boletín Oficial del Estado (BOE) sin modificaciones, ya que la Cámara Alta ha rechazado las 99 enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios.
El Ministerio de Seguridad Social ha expresado en un comunicado su satisfacción por la aprobación definitiva de esta ley. Desde la cartera de José Luis Escrivá recuerdan que los planes de pensiones de empresa representan “una fórmula de ahorro segura y con comisiones bajas” para colectivos que han quedado fuera de estos productos financieros, como los autónomos, los asalariados de las pequeñas y medianas empresas (pymes) o los empleados públicos de entidades pequeñas. Además, se pone a disposición de la negociación colectiva una nueva herramienta para facilitar acuerdos salariales y apuesta por la progresividad en las fórmulas de ahorro.
Esta ley, que trata de impulsar este instrumento de ahorro incentivando las aportaciones de empresas y trabajadores, es uno de los hitos del plan de recuperación económica para este año. Según ha defendido el ministro Escrivá, busca favorecer el desarrollo de los planes colectivos de pensiones, minoritarios en España frente a los individuales, a través de la negociación colectiva, y apoyados en la creación de fondos de promoción pública. Pero, ¿cuáles son las respuestas a las preguntas clave sobre esta ley?
- ¿Qué son los planes de empleo?
Se trata de un instrumento de ahorro complementario para la jubilación enmarcado en el denominando “segundo pilar” del sistema de pensiones. Frente a los individuales, estos planes colectivos, que las empresas promueven para sus trabajadores, han sido hasta ahora minoritarios en España.
- ¿Cómo los quiere impulsar esta norma?
La ley contempla varios cambios para facilitar el desarrollo de estos planes. Para empezar, se prevé la creación de fondos de impulso público, que facilitarán la adscripción de planes para todo tipo de trabajadores, también funcionarios o autónomos. Por otro, se simplifica la creación de planes sectoriales. Estos planes deberán partir de la negociación colectiva entre patronal y sindicatos de cada sector, pero, una vez acordado, el Estado lo diseña y las empresas solo tienen que adscribirse. Una plataforma digital común aunará todos los planes, simplificando los trámites, facilitando el acceso a la información a los partícipes y favoreciendo la portabilidad entre los planes de pensiones.
- ¿Quién controla estos fondos?
Una comisión promotora -con cinco miembros del Ministerio de Inclusión, uno de Hacienda, otro de Economía, otro de Trabajo y uno más de Transición Ecológica- será la encargada del diseño y puesta en marcha de los fondos de pensiones y de seleccionar a las gestoras y depositarias de su patrimonio. Una comisión de control -con nueve miembros designados por la Administración Pública, 4 por las organizaciones sindicales y otros cuatro por las organizaciones empresariales- supervisará la gestión de todos los fondos y vigilará la calidad del servicio. En el trámite parlamentario, se introdujeron límites a la capacidad del Gobierno de impedir determinadas inversiones con los fondos.
- ¿Tendrán comisiones?
Las comisiones máximas a aplicar a los planes de empleo colectivo serán establecidas en los pliegos del concurso con el objetivo de que estén muy por debajo de las que tienen los planes individuales.
- ¿Qué ventajas fiscales tienen?
Conforme a lo establecido en los Presupuestos de 2022 la reducción en el IRPF de las aportaciones a los planes individuales se limita a un máximo anual de 1.500 euros, mientras que se eleva a 4.250 euros la reducción por aportaciones del trabajador a un plan colectivo, siempre que la empresa aporte otros 4.250 euros al plan de ese empleado.
FUENTE: LA RAZÓN