El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronunció el 26 de septiembre de 2024 en la Sentencia C-432/23, abordando la relación entre el secreto profesional del abogado y los deberes de colaboración con la Administración tributaria, en el contexto de la Directiva 2011/16/UE sobre la cooperación administrativa en el ámbito fiscal.
A diferencia de sentencias previas que trataban sobre el intercambio automático de información relacionado con planificación fiscal transfronteriza, esta sentencia se centra en el intercambio de información previa solicitud, planteando varias cuestiones relevantes.
En este caso, la Administración tributaria luxemburguesa solicitó a un despacho de abogados información detallada sobre los servicios prestados a una sociedad española, incluyendo la descripción de las operaciones y la identidad de sus interlocutores. Según el Código Tributario luxemburgués, los abogados pueden no revelar la información transmitida durante el ejercicio de su profesión, con excepciones en casos fiscales que impliquen riesgos penales. Sin embargo, el despacho de abogados se negó a proporcionar la documentación, alegando que su asesoramiento no era fiscal, sino mercantil.
El Tribunal de Justicia abordó tres cuestiones principales:
Protección del secreto profesional: La confidencialidad entre abogado y cliente se considera un derecho fundamental bajo el artículo 7 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Esta protección se extiende no solo a la defensa jurídica, sino también al asesoramiento jurídico, independientemente del área del derecho involucrada. Por tanto, un requerimiento de información por parte de la Administración tributaria que implique el asesoramiento prestado por un abogado constituye una injerencia en este derecho.
Conformidad de la Directiva 2011/16/UE: La Directiva no establece disposiciones explícitas que permitan interferir en las comunicaciones confidenciales entre abogados y clientes en el contexto del intercambio de información previa solicitud. El Tribunal subraya que los Estados miembros deben velar por que sus procedimientos de recogida de información respeten este derecho fundamental y, en caso de limitación, dicha limitación debe estar claramente establecida por ley.
Exclusiones en el ámbito fiscal: La legislación luxemburguesa excluye el asesoramiento fiscal de la protección reforzada del secreto profesional, salvo en situaciones que impliquen riesgos penales. El Tribunal consideró que esta exclusión vulnera el derecho al secreto profesional en el contexto de asesoramiento fiscal, al permitir que la Administración tributaria acceda a información confidencial que no debería ser revelada sin el consentimiento del cliente.
Esta sentencia es crucial desde dos perspectivas:
Confidencialidad ampliada: El Tribunal reafirma que el derecho al secreto profesional abarca tanto la defensa como el asesoramiento jurídico, incluidos los asesoramientos fiscales. Esto refuerza la protección de las comunicaciones entre abogados y clientes, especialmente en asuntos fiscales.
Limitaciones a la injerencia estatal: Las limitaciones a este derecho deben ser establecidas por la legislación nacional y respetar los principios fundamentales de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Cualquier acción que vulnere este derecho debe estar claramente justificada por una legislación específica.
El artículo 93.5 de la Ley General Tributaria ya establece que los abogados no están obligados a suministrar información que atente contra la intimidad personal o familiar, o que involucre datos confidenciales de sus clientes. A la luz de la sentencia, parece que la protección del secreto profesional se extiende también a los datos patrimoniales derivados del asesoramiento fiscal, fortaleciendo así la protección del secreto profesional en la abogacía.
En resumen, el Tribunal de Justicia refuerza el derecho al secreto profesional del abogado, especialmente en el ámbito fiscal, y subraya que cualquier limitación a este derecho debe ser claramente establecida por la ley, respetando los derechos fundamentales de la Unión Europea
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